Diferencia entre revisiones de «Ley Nacional N° 26190»

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La '''Ley 26190''' dispone que hacia el año 2016 el 8% de la energía eléctrica que se consume en Argentina deberá provenir de fuentes renovables de energía.
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#REDIRECCIÓN [[energías renovables en Argentina]]
 
 
 
 
==Sanción y reglamentación==
 
La Ley 26190 que estimula el desarrollo de fuentes renovables de energía fue sancionada en 2006, pero recién reglamentada en mayo de 2009. Según esta ley, para el año 2016 el 8% de la potencia eléctrica generada en el país (25.500 MW) deberá ser de origen renovable.
 
 
 
==Puesta en vigencia==
 
El [[Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios]], a través de [[ENARSA]], convocó a licitación el programa GENREN construcción de las siguientes centrales eléctricas:
 
 
 
* 500 MW eólicos;
 
* 150 MW térmicos generados con [[biocombustible]]s;
 
* 120 MW térmicos generados con residuos sólidos urbanos;
 
* 100 MW térmicos generados con superávit de biomasa;
 
* 60 MW hidroeléctricos de plantas que no excedan de 30 MW;
 
* 30 MW geotérmicos;
 
* 25 MW térmicos generados por energía solar en plantas no menores a 5 kWh/m<sup>2</sup>;
 
* 20 MW térmicos generados por biogás;
 
* 10 MW fotovoltaicos generados por energía solar en plantas no menores a 5 kWh/m<sup>2</sup>.
 
 
 
El pliego de licitación brinda importante información sobre el sistema nacional de distribución de electricidad ([[Sistema Interconectado Nacional]]), el potencial eólico, de biomasa y solar de las diferentes regiones del país.
 
 
 
 
 
==Fuente==
 
* [http://www.enarsa.com.ar/licitaciones15.htm Licitación de ENARSA Nº EE 01/2009].
 
 
 
 
 
[[categoría:energía]]
 
[[categoría:energía renovable]]
 

Revisión actual del 11:40 14 jul 2015