* 1997
** 22 de agosto. El geólogo Carlos Cuburu —quien —quien había trabajado en Mina Ángela, actual Los Manantiales (pcia. de Chubut)— mientras trabajaba para la empresa estatal francesa La Source Developpement Argentine, descubre vetas de oro en la zona. La Dirección General de Minería de Río Negro otorga a la empresa 2 licencias de cateo en la zona[http://www1.rionegro.com.ar/diario/2007/09/19/imprimir.20079r19s01.php].
* 1998
** La empresa minera australiana Normandy Mining Limited compra los derechos de La Source[http://www.24hgold.com/].
** Enero. Pan American Silver adquiere el 100% del proyecto Calcatreu y el Proyecto Navidad de la misma formación geológica[http://www.panamericansilver.com/company/history/].
* 2011
** 26 de septiembre de 2011. Oscar Echeverría, presidente del CODEMA, aprueba los estudios de impacto ambiental del Proyecto Calcatreu, bajo los rótulos de mina Rebeca, mina Rebequita y mina Nabel 4.
** 29 de diciembre. La mayoría oficialista de la Legislatura de Río Negro, por instrucciones del gobernador Carlos Soria, deroga la Ley 3981[http://www.rionegro.com.ar/diario/rn/nota.aspx?idart=784684&idcat=9961&tipo=2].
==Zona y geología del proyecto==
[[Archivo:Proyecto Calcatreu Google Maps.jpg|500px|right|thumb|<small><center>'''Figura 2. Vista satelital del Proyecto Calcatreu en Google Maps.[http://maps.google.com.ar/maps/ms?msid=205678234265396864512.0004b5a93ab8314a5e913&msa=0&ll=-41.608255,-69.45282&spn=0.870736,1.380157]'''</center></small>]]
El ingreso a la zona se hace a través de la ruta provincial N&ordm;&nbsp;76, a unos 58&nbsp;km al sur de Ingeniero Jacobacci. Hay que recorrer luego unos 24&nbsp;km por caminos vecinales de tierra. La fotografía satelital adjunta se ha centrado, arbitrariamente, alrededor del cruce de caminos ubicado en los -41,8886º de latitud y los -69,5393º de longitud (marcador azul de la fotografía adjunta), ya que el área total del proyecto abarca una superficie cercana a las 293.000&nbsp;ha. En la fotografía se ven claramente los signos de las intensivas tareas de exploración hechas a lo largo de una de las vetas (probablementeVeta probablemente Veta 49 y Nelson), que abarcan un área aproximada de 6&nbsp;km&sup2;.
La región plana de la Pampa de Calcatreu, a unos 1.200&nbsp;m sobre el nivel del mar, es una planicie sedimentaria areno-limosa cuaternaria ubicada entre colinas rocosas bajas cuya altura no excede los 1.500&nbsp;m sobre el nivel del mar (CGP, p.&nbsp;87). El suelo es pobre, sin árboles, con vegetación arbustiva. La única obra de infraestructura es el camino no pavimentado que conecta con Ingeniero Jacobacci. Hay actividad ovina intensiva en toda la zona. Los suelos dominantes son moderadamente profundos a profundos, de textura levemente contrastada, franca a franco-arcilloso (Haplargides típicos), asociadas hacia los sectores más bajos y con suelos profundos, de textura moderadamente contrastada, franca a franco-arcillosa pesada, moderada a fuertemente sódicos (Haplargides típicos y Haplocalcides típicos)[http://. (Véase www.ambiente.gov.ar/archivos/web/DCSyLD/File/Anexo 16 AtlasAPJ.pdf].)
[[Archivo:Calcatreu-Los Manantiales-Navidad.jpg|400px|right|thumb|<small><center>'''Figura 3. Formación geológica de la que forma parte Calcatreu (4).'''</center></small>]]
* Nullo, F. E.; ''Descripción geológica de la Hoja 41d Lipetrén, provincia de Río Negro''; Servicio Geológico Nacional, Boletín N&ordm;&nbsp;158; pp.&nbsp;1&#8209;88; 1978.
* Coira, B.; ''Descripción Geológica de la Hoja 40d, Ingeniero Jacobacci, Provincia del Río Negro''; Servicio Geológico Nacional, Boletín N&ordm;&nbsp;168; ciudad de Buenos Aires; 1979.
* Raúl R. Fernández1,2Fernández, Adriana Blesa1,3,aBlesa, Pilar Moreira1,3Moreira, Horacio Echeveste1,2Echeveste, Karina Mykietiuk1,3,bMykietiuk, Pablo Andrada de Palomera4 Palomera y Mario Tessone; [http://www.scielo.org.ar/scielo.php?pid=s0004-48222008000400015&script=sci_arttext#fig1 ''Los depósitos de oro y plata vinculados al magmatismo jurásico de la Patagonia: revisión y perspectivas para la exploración'']; Revista de la Asociación Geológica Argentina, vol.&nbsp;64, N&ordm;&nbsp;3; ciudad de Buenos Aires; diciembre de 2008.
==Proyecto minero==
[[Archivo:Calcatreu prospección.jpg|400px|right|thumb|<small><center>'''Tareas de prospección en Calcatreu en 2011.'''</center></small>]]
Noviembre del 2003, tiene De los 11 sistemas de vetas delineadas. El sistema de delineados el Veta 49/- Nelson, el cual que tiene una longitud en dirección de mas de 2 km y anchos de hasta 20 m, ha sido el más intensamente investigado. La Veta 49, y es considerado por la probable extensión Nelson, es empresa como el más significativo descubrimiento en Calcatreu. Es un depósito de oro cuarzo adularia de baja sulfuración y tiene similitudes geológicas con el depósito Cerro Vanguardia y El Desquite también localizados en la parte sur de Argentina. En Marzo del 2007, se publicó un el Estudio de Factibilidad por de Snowden Australia, hecho por su subsidiaria Calcatreu Gold Project en Río Negro, Argentina. Los aspectos más destacados de este estudio son: Una [http://argentina.infomine.com/properties/listings/28010/calcatreau.html]* una operación a cielo abierto convencional con un rango nominal de 750,000 toneladas por año. Potencial ;* potencial de inventario minero de 3.5 Mt de mineral con 3.86 g/t Au y 33.22 g/t Ag por 435,000 onzas de oro y 3, 739,000 onzas de plata. Recuperación ;* recuperación de oro y plata en 90% y 74% respectivamente. Costo ;* costo total de capital de USD&nbsp;79.15 M. Costo ;* costo operacional de USD&nbsp;41.50 por tonelada de mineral. Costo ;* costo efectivo de USD&nbsp;280,83 por onza de oro (caso base). Tasa ;* tasa interna de retorno de 14% (basados en un caso base de precio de oro de USD&nbsp;500/oz y de plata USD&nbsp;8/oz).[http://argentina.infomine.com/properties/listings/28010/calcatreau.html]
[[Archivo:Calcatreu venas.jpg|300px|left|thumb|<small><center>'''Áreas de exploración minera contiguas a Ingeniero Jacobacci.'''</center></small>]]
Aquiline Resources compró los derechos que luego vendió en su totalidad a la canadiense Pan American Silver Corporation, que explota también los yacimientos de Manantial Espejo (pcia. de Santa Cruz) y Navidad (pcia. de Chubut). Según la Dirección General de Minería de Río Negro hasta agosto de 2004 Aquiline había invertido unos USD&nbsp;6 millones en tareas de exploración, con un uso diario de 6.000 a 7.000 litros de agua en la etapa exploratoria. El DPA, en cambio, informa usos de hasta 40.000 litros diarios (p.&nbsp;10 del fallo del STJRN).
Las exploraciones abarcan, en orden alfabético, las siguientes áreas, las más promisorias de las cuales son Vena 49 y Nelson de unos 2&nbsp;km de longitud, ancho de hasta 20&nbsp;m y profundidad de hasta 300180&nbsp;m:
[[Archivo:Calcatreu Vena 49 - Nelson.jpg|300px|right|thumb|<small><center>'''Excavaciones y escombreras en Vena 49 y Nelson.'''</center></small>]]
# Amistad
==Legislación y fallos judiciales==
 
===Estudio de impacto ambiental===
En junio de 2005 el Consejo de Ecología y Medio Ambiente (CODEMA), por expediente N&ordm;&nbsp;86449&#8209;2005, rechaza el informe de impacto ambiental elaborado por Ambiental SRL para Aquiline. Entre otras graves falencias señala que:[http://orosucio.madryn.com/articulos/07_01_15.html]
:''no hay alternativas de diseño y ubicación de escombreras, determinación de los riesgos locales, intercepción y desvío de aguas superficiales, defensas, diseño de drenes, etc.; no hay información y análisis suficiente sobre la vulnerabilidad ni se presenta un plan de manejo de las escombreras; no hay una adecuada caracterización y análisis de las propiedades de los suelos; no hay una apropiada caracterización de los residuos, sobre todo de los metales pesados que se volcarán en el repositorio; no hay una suficiente y adecuada descripción ni presentación respecto al proyecto de cierre ni de las remediaciones a aplicar; se estima que tras la finalización de la etapa de bombeo de agua (7 años) los niveles freáticos volverán a su estado natural de equilibrio, estimación que no se puede confirmar con la información disponible.''
 
La resolución del CODEMA finaliza citando el artículo 84º de la Constitución Provincial: "Todos los habitantes tienen el derecho a gozar de un medio ambiente sano, libre de factores nocivos para la salud, y el deber de preservarlo y defenderlo''.
 
===Ley de prohibición del cianuro===
En julio de 2004 la legisladora provincia María Magdalena Odarda presenta el proyecto de ley 409/2004[http://www.legisrn.gov.ar/DIARIO/D00692.PDF] de prohibición de la minería con cianuro, que según el CODEMA no hacía falta porque estaban los medios para hacer el control. Menos de 1 año después se presentó un proyecto de idéntico contenido, enviado por el gobernador Miguel Saiz con acuerdo de ministros para evitar la segunda vuelta, que constaba de sólo 2 artículos de fondoera una versión recortada del proyecto Odarda. En los considerandos se señalaba que no había, hasta ese momento, un estudio de las cuencas hídricas de la zona. El proyecto fue tratado en la sesión del 21 de julio de 2005 y aprobado por 38 votos a favor (entre los que se contaba el del actual vicegobernador provincial Carlos Peralta) y 3 en contra (de los legisladores Marta Borda, Mario Colonna y Alcides Pinazo). Peralta, por ejemplo, señalaba entonces al fundamentar su voto que ''un emprendimiento aurífero a pocos kilómetros de un centro poblado, puede traer impensables consecuencias'', aunque luego atribuía a la gestión Saiz la incapacidad de hacer los controles necesarios.
El texto finalmente aprobado fue el siguiente:[http://www.legisrn.gov.ar/DIARIO/D00720.PDF]
:''Artículo 2º.- Las empresas y/o personas que a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley posean la titularidad de concesiones de yacimientos minerales de primera categoría, y/o aquéllas que industrialicen dichos minerales, deben adecuar todos sus procesos a las previsiones del artículo anterior.''
A pesar de la prohibición legal de estas actividades, el Director General de Minería de Río Negro durante la gestión Saiz, Sebastián Sánchez, declaro declaró que ''se congeló la actividad de la empresa en ese momento, pero hemos mantenido reuniones permanentemente con empresas que están en la primera categoría, incluida Pan American''[http://www.rionegro.com.ar/diario/rn/nota.aspx?idart=736936&idcat=9521&tipo=2]. Pan American, según se desprende de sus propios documentos, no parece haber estado nunca dispuesta a renunciar al uso del cianuro, dado el bajo costo de extracción que genera ese tipo de tratamiento.
===Amparo del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro===
[[Archivo:XX Parlamento Mapuche.jpg|300px|right|thumb|<small><center>'''Parlamento Mapuche.'''</center></small>]]
En 2004 el [[Consejo de Desarrollo de Comunidades Indígenas]] (CODECI) de Río Negro presentó un recurso de amparo ante el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJRN) contra resoluciones del Poder Ejecutivo Provincial (en particular, Dirección General de Minería, CODEMA, Departamento Provincial de Aguas y Dirección de Tierras y Colonias), la Municipalidad de Ingeniero Jacobacci y la empresa Aquiline Argentina SA. Reclama el respeto de los derechos consagrados en la Constitución Nacional y tratados en ella incorporadas, así como en leyes nacionales y provinciales vigentes, específicamente los de las comunidades mapuches Peñi Mapu (Lipetrén Chico), Nupung/Negpun Curra (Mamuel Choique) y Pitren Tuli Mahuida (Lipetrén Grande) y la comunidad Rio Río Chico, avasallados por la ejecución del proyecto Calcatreu de la empresa Aquiline Argentina. Especifican El CODECI especifica que la obra realizada por esta empresa (p.&nbsp;2) 
:''está generando montañas de rocas estériles y escombreras que contienen azufre que aflora al ser apedazadas, expuestas a los agentes climáticos que drenan ácido que penetra en la tierra y por ende a las aguas subterráneas que resultan contaminadas, formando compuestos altamente tóxicos, afectando en calidad y en cantidad el agua disponible en la zona, para lo cual la explorante declara utilizar esas aguas superficiales, como por ejemplo el arroyo Quetrequile, habitualmente seco excepto entre junio y octubre de cada año, sin previsiones sobre el sellado de perforaciones, ni la modificación del paisaje, ni el método para cerrar las vetas, con apertura de enormes cráteres en los cerros, con presunto enviciamiento del aire con problemas respiratorios, alérgicos y visuales.''
En cuanto a los organismos provinciales, el CODECI los acusa de desconocer los derechos de las comunidades al impedirles hasta el mero acceso a la información que tienen sobre el tema en cuestión, alegando excusas como el "secreto estadístico" (p.&nbsp;2). Solicita así una medida cautelar de suspensión de las actividades de exploración según los terminos de la ley provincial 3266 y la nacional 24585.
Cuando el Departamento Provincial de Aguas contesta el requerimiento del STJRN, informa que ''este organismo no ha realizado relevamientos específicos en la zona del Proyecto Calcatreu vinculados con los recursos hídricos superficiales y subterráneos'' haciendo luego especulaciones sin fundamento sobre la probable inexistencia de problemas (p.&nbsp;8).
El [http://www.lapuertadelsur.com.ar/ente.htm Ente de Desarrollo para la Región Sur] expresa en el expediente que (p.&nbsp;9):
:''Le manifestamos en dos oportunidades al Sr. Gobernador de la Provincia ... la preocupación por el uso de tóxicos ... como así también la utilización del agua superficial y del subsuelo ... era importantísimo tener asistencia técnica sobre esta cuestión ... los organismos responsables deberían tener mayor presencia en Calcatreu se debería contar con un equipo técnico especializado en supervisar y verificar este tipo de emprendimientos ... se realicen inspecciones estudio de impacto ambiental''.
El fallo del STJRN ordena al Poder Ejecutivo de Río Negro, a través de los organismos pertienentes en cada caso (Dirección General de Minas, DPA, CODEMA...), a dar intervención al CODECI en todos los trámites de exploración y explotación en la zona del Proyecto Calcatreu. Ordena asimismo al gobierno provincial a efectuar los trámites necesarios para hacer la adjudicación de más de 157.000&nbsp;ha de tierras comunitarias a la Reserva Lipetrén establecida en la Ley Provincial N&ordm;&nbsp;694, lo que permitiría evaluar los intereses de la comunidad lugareña en el área de 167.000 hectáreas que sería afectada por el emprendimiento. Dos años despuésde este fallo, el CODECI reclamó denunció públicamente por la negativa del PE provincial a ejecutar las acciones ordenadas por el tribunal[http://www1.rionegro.com.ar/diario/2007/01/26/20071r26f16.php].
===Derogación===
El gobernador Carlos Soria, que no había explicitado claramente su postura respecto a la minería a cielo abierto con cianuro en la provincia antes de las elecciones, lo hizo después de haberlas ganado, en una escalada de propuestas de reactivación de la las que las empresas interesadas parecían estar bien informadas.[http://chubut.lanoticia1.com/noticia/rio-negro-carlos-soria-propone-el-desarrollo-de-jacobaci-a-traves-de-la-mineria-15914.html]
El 29 de diciembre de 2011, con escaso debate, el bloque del Frente para la Victoria, que había alcanzado la mayoría absoluta de la nueva Legislatura provincial en las elecciones de octubre de ese año, derogó la Ley 3981. La derogación sortea al CODEMA creando un Consejo Provincial de Evaluación Ambiental Minera del que participarán representantes del Ejecutivo, del legislativo, de las universidades nacionales, de los pueblos originarios, del INVAP e intendentes.[http://www.rionegro.com.ar/diario/rn/nota.aspx?idart=784684&idcat=9961&tipo=2]
Luego de la muerte de Soria en enero de 2012, el gobernador reemplazante, Alberto Weretilnek, aseguró que su política prominera se mantendría.
===Fuentes===
==Impactos ambientales==
[[Archivo:Calcatreu red de flujo subterráneo.jpg|500px|right|thumb|<small><center>'''Red de flujo de agua subterránea en torno a las vetas 49 y Nelson.'''</center></small>]]
En junio de 2005 el Consejo de Ecología y Medio Ambiente (CODEMA), por expediente N&ordm;&nbsp;86449&#8209;2005, rechaza el informe de impacto ambiental elaborado por Ambiental SRL para Aquiline. Entre otras graves falencias señala que:[http://orosucio.madryn.com/articulos/07_01_15.html]
:''no hay alternativas de diseño y ubicación de escombreras, determinación de los riesgos locales, intercepción y desvío de aguas superficiales, defensas, diseño de drenes, etc.; no hay información y análisis suficiente sobre la vulnerabilidad ni se presenta un plan de manejo de las escombreras; no hay una adecuada caracterización y análisis de las propiedades de los suelos; no hay una apropiada caracterización de los residuos, sobre todo de los metales pesados que se volcarán en el repositorio; no hay una suficiente y adecuada descripción ni presentación respecto al proyecto de cierre ni de las remediaciones a aplicar; se estima que tras la finalización de la etapa de bombeo de agua (7 años) los niveles freáticos volverán a su estado natural de equilibrio, estimación que no se puede confirmar con la información disponible.''
 
La resolución del CODEMA finaliza citando el artículo 84º de la Constitución Provincial: ''Todos los habitantes tienen el derecho a gozar de un medio ambiente sano, libre de factores nocivos para la salud, y el deber de preservarlo y defenderlo''.
 
Según Bautista Mendióroz, hasta diciembre de 2010 vicegobernador y presidente de la Legislatura de Río Negro, habían estudios que indicaban que el proyecto insumiría toda el agua disponible en la región sur de la provincia.[http://www.rionegro.com.ar/diario/rn/nota.aspx?idart=784684&idcat=9961&tipo=2] Probablemente se refería al estudio hecho por el Dr. en Geología Miguel Auge, financiado por el [[Consejo Federal de Inbersiones]] y el poder ejecutivo de la provincia de Río Negro sobre la hidrogeología del área de Calcatreu (Lipetrén). Allí se concluye, entre otros aspectos[http://www.barilochense.com/?notas=1&id=1052], que (p.&nbsp;2):
:''El caudal subterráneo es del orden de 2.500 m&sup3;/día (30 litros/s) en el ámbito de flujo preferencial (E-O), coincidente con el valle interpuesto entre las dos serranías en las que se emplazan las vetas 49 y Nelson. En virtud de lo expuesto, y para no alterar significativamente el flujo subterráneo natural, no debe extraerse más de 1.250 m/día (15 litros/s), en el caso de concretarse algún tipo de explotación intensiva en el sitio mencionado.''
 
El caudal máximo establecido por Auge corresponde a 1,25 millones de litros por día, casi la mitad de lo requerido por la explotación minera.
 
El Magister en Ciencias Lino Arturo Pizzolón, del Laboratorio de Ecología Acuática de la Universidad Nacional de la Patagonia, al referirse a los ''fluidos de perforación'' y las ''poliacridamida'' afirma (p.&nbsp;11 del fallo del STJRN):
:''evidencian que ya en la fase de exploración se han utilizado productos que representan un claro daño ambiental y cuyos efectos sobre la salud justifican el temor y los reparos existentes de la población. El agua de la muestra 4 no es apta para consumo humano ni animal. Existe información sobre otros tajamares similares en el área de exploración, que no han sido relavados. La ubicación y seguridad del área de relaves es de la mayor importancia, porque compromete irreversiblemente el futuro de la región en un plazo cientos de veces más largo que la duración del proyecto.''
 
Según Bautista Mendióroz, hasta diciembre de 2010 vicegobernador y presidente de la Legislatura de Río Negro, estudios anteriores indicaban que el proyecto insumiría toda el agua disponible en la región sur de la provincia.[http://www.rionegro.com.ar/diario/rn/nota.aspx?idart=784684&idcat=9961&tipo=2]
El ingeniero agrónomo Roberto Luis Vázquez, profesor ordinario de la cátedra de Hidrología y Riego de la Universidad Nacional del Sur (sede en Bahia Blanca, pcia. de Buenos Aires), entre otras consideraciones, señala (p.&nbsp;11 del fallo del STJRN):
Según Lino Pizzolón, director del [http://www.unp.edu.ar/sedes/esquel/sede_esquel-servicios.html Laboratorio de Ecología Acuática] de la Universidad de la Patagonia (sede Esquel):[http://orosucio.madryn.com/articulos/07_01_15.html]
 
:''No hay agua en la meseta en las cantidades que estos mega emprendimientos la requieren. Por lo tanto la bombearán de donde sea: se secarán los pozos, las aguadas y los mallines donde pasta el ganado, en muchos kilómetros a la redonda. La actividad minera competirá destructivamente con la actividad ganadera-pastoril, aumentado el despoblamiento del campo y la desertificación''.
Véase también El 26 de septiembre de 2011 el artículo sobre los presidente del CODEMA, Oscar Echeverría, autoriza por resoluciones 465, 466 y 467/2011 la realización de tareas exploratorias del proyecto Calcatreu (por ejemplo, zanjas) bajo la denominación de minas Rebeca, Rebequita y Nabel 4. Se menciona en ellas la autorización otorgada por el DPA para la extracción de agua de un pozo y la laguna cercana, pero no se informan las cantidades o caudales.[http://www.codema.gob.ar/recursos/54_RES465_rebeca.pdf][http://www.codema.gob.ar/recursos/57_RES467_REBEQUITA.pdf][http://www.codema.gob.ar/recursos/55_RES466_NABEL4.pdf] ===Fuentes===* Auge, Miguel; [http://cyt-ar.com.ar/cyt-ar/images/6/60/Estudio_Hidrogeológico_del_Área_Lipetrén_por_Auge.pdf ''Estudio hidrogeológico del área Lipetrén'']; Consejo Federal de Inversiones - Provincia de Río Negro; agosto de 2006.* [http://cyt-ar.com.ar/cyt-ar/images/9/9f/Calcatreu_presentación_Auge.pdf Presentación de Auge].* [[mallín|mallinesMallines]].
==Impactos sociales==
[[Archivo:Cianuro en Río Negro marcha Bariloche 2012-01-03 .jpg|600px|right|thumb|<small><center>'''Marcha de vecinos de Bariloche<br>contra la derogación de la Ley 3981, el 3 de enero de 2012.'''</center></small>]]
El Proyecto Calcatreu emplearía unas 150 personas con una inversión de 55,5 millones de dólares, por lo que cada puesto de trabajo costaría 343.750 dólares (ICEPH, 2006).[http://copade.neuquen.gov.ar/intranet/files/FormularioRB_Final_COMPLETO.pdf] En cuanto al indirecto, aunque fuera mayor, probablemente se producirá fuera del lugar ya que las grandes empresas hacen sus compras al por mayor, como los supermercados. Como resultado de las tareas muchos crianceros serán desplazados, ¿cuántos? Seguramente más de 150 personas si incluimos a sus familias.
Fracaso del clientelismo. Las siguientes organizaciones sociales han expresado públicamente su rechazo al proyecto:[[Archivo:Cianuro en Río Negro marcha Bariloche 2012-01-18.jpg|600px|right|thumb|<small><center>'''Vecinos de Bariloche "muertos por el cianuro" el 18 de enero de 2012, mientras la Reina del Cianuro verifica su obra.'''</center></small>]]
# Asamblea Coordinadora Patagónica por la Vida y el Territorio, Contra el Saqueo y la Contaminación.
# Movimiento por la Tierra Bariloche.[http://www.rionegro.com.ar/diario/rn/nota.aspx?idart=778722&idcat=9521&tipo=2]
# [http://www.observatorio-minero-del-uruguay.com/2011/12/2377/ Observatorio Minero del Uruguay].
# Parlamento Mapuche.[http://www.anbariloche.com.ar/noticia.php?nota=25949]
# Parroquia San Cayetano (Barrio El Frutillar, Bariloche).[http://www.rionegro.com.ar/diario/rn/nota.aspx?idart=794864&idcat=9546&tipo=2]
# Pastoral Social de Bariloche y de Viedma.[http://www.rionegro.com.ar/diario/rn/nota.aspx?idart=778722&idcat=9521&tipo=2]
# Sociedad Rural de San Antonio Oeste.
# Unión de Trabajadores de la Educación de Río Negro (UNTER).
# Vecinos Autoconvocados de Jacobacci.[http://www.anbariloche.com.ar/noticia.php?nota=25949]# Vecinos de Bariloche.[http://www.anbariloche.com.ar/noticia.php?nota=25671][http://www.anbariloche.com.ar/noticia.php?nota=25894]
===Fuentes===
** Volume 4: Processing,
** Volume 5: Financial Analysis.
* {{Cita diario|diario Río Negro|Solivérez, Carlos E.|Calcatreu: oro versus agua|21 de enero de 2012|5=http://www.rionegro.com.ar/diario/rn/nota.aspx?idart=799297&idcat=9539&tipo=2}}; pp.&nbsp;20&#8209;21.
==Véase también==
* [[Mallín]].
* [[Minería en Argentina]].
* [[Uso de Lixiviación con cianuro ]]. ==Algunos escritos que citan este artículo==* Murgida, Ana María & Gentile, Elvira Eleonora; ''Aceptabilidad y amplificación del riesgo en minería]la estepa norpatagónica''; financiado por Inter-American Institute for Global Change Research (IAI) & UBACyT 2013-2016 & International Development Research Centre de Canadá (IDRC). Capítulo 13 del libro ''[http://www.desenredando.org/public/2015/riesgosalsurArgentina.pdf Riesgos al sur]''; Ediciones Imago Mundi; Argentina; 2015; ISBN 9789507932021; p. 202.
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Calcatreu

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