[[Archivo:Oñativia Arturo.jpg|200px|right|thumb|<small><center>'''Dr. en Medicina Arturo Oñativia.'''</center></small>]]
'''Ley Oñativia''' designa a un conjunto de medidas tomadas las leyes nacionales 16.462 y 16.463, sancionadas por la gestión presidencial (1963-1966) de [[Arturo Umberto Illia]] para mejorar el acceso de la población a los medicamentosy garantizar su idoneidad. El nombre recuerda a su gestor, el endocrinólogo y sanitarista [[Arturo Oñativia]], ministro de Asistencia Social y Salud Pública de Illia.
==Origen==
En su informe en la Cámara de Diputados, Oñativia señaló que:
* estaban inscriptos 825 laboratorios medicinales (muchos de ellos elaboraban sólo 1 producto) que tenían registrados más de 33.000 medicamentos;
* el costo de la matería prima no guardaba proporción con el de publicidad;
* desde 1957 no se hacía ningún control sobre la elaboración de medicamentos y que desde 1959 se carecía de legislación vigente al respecto. Señaló entonces respecto a la industria farmacéutica que ''excepto honrosas excepciones, estuvo impulsada por un simple afán especulativo y comercial''.
Los medicamentos no son una mercadería común. Al votar la que luego sería la proyectos de ley 16fueron elaborados en base al estudio de dos comisiones.463 el Senado Nacional (controlado Una formada por médicos, bioquímicos, y especialistas en farmacología, era presidida por un profesor de la oposición al gobierno Universidad de IlliaBuenos Aires (UBA) quitó a . Otra formada por contadores y economistas, se centró en el estudio de los costos de los medicamentos el carácter . La comisión integrada por especialistas en ciencias de ''bienes de interés social'' y una fijación uniforme la salud trabajó sobre muestras de sus precios. Se eliminaron más de 1020.000 seudomedicamentos cuya proliferación permitía el aumento medicamentos. Encontró que muchos de ellos carecían de precios las sustancias que decían contener o no las tenían en desmedro las proporciones declaradas en sus prospectos. La comisión de contadores, por su parte, constató que los grandes laboratorios poseían un doble juego de la salud y el bolsillo libros de contabilidad que les facilitaba exagerar los costos para maximizar sus compradoresganancias. (COFA p. 28.)
Al reclamo El derecho a la propiedad intelectual de un medicamento (patente farmacéutica) debe proveer al descubridor o inventor o fabricante de una justa retribución por su tarea. Sin embargo, los laboratorios medicinales por medicamentos no son una mercadería común ya que su falta pone en riesgo la vida humana. Oñativia proponía entonces definirlos como como ''bienes de interés social'' de modo que en caso de emergencia sanitaria el derecho al lucro no primara sobre el congelamientoderecho a la vida. Había entonces y hay hoy acuerdos internacionales que avalan esta postura, pero es responsabilidad del gobierno hacerlos valer. Sin embargo, Illia les habría respondido:Al al votar la que luego sería la ley ? 16.462 el Senado Nacional (controlado por la oposición al gobierno de Illia) quitó a los medicamentos el carácter de ''bienes de interés social''y la fijación uniforme de sus precios.Al reclamo Pese a ésto la ley sancionada permitió la eliminación de los laboratorios medicinales por más de 10.000 seudomedicamentos cuya proliferación permitía el aumento de precios en desmedro de la salud y el congelamiento, Illia les habría respondido:bolsillo de sus compradores. (COFA p. 28.)
Instituto JauretcheEste proyecto Las leyes nacionales Nº 16462 (sancionada el 23 de ley había sido elaborado merced al estudio julio de dos comisiones. Una formada por médicos, bioquímicos, 1964) y especialistas en farmacología, era presidida por un profesor de la Universidad de Buenos Aires Nº 16463 (UBA). Otra formada por contadores y economistas, se centró en sancionada el estudio 28 de los costos sgosto de los medicamentos. La comisión integrada por especialistas en ciencias 1964)—conjuntamente denominadas [[Ley Oñativia]] — establecieron una política de la salud, trabajó sobre una muestra precios y de más control de 20.000 medicamentos: descubrió que muchos de ellos, una parte relevante carecía de las drogas e ingredientes que decían contener, o bien no las tenían en las proporciones explicitadas en sus prospectos. La comisión de contadores pudo constatar que congelando los grandes laboratorios poseían un doble juego de libros de contabilidad que les facilitaba exagerar precios a los costos para maximizar sus ganancias. A tenor vigentes a fines de estas circunstancias1963, la ley 16.462 impulsada por el ministro de salud Dr. Arturo Oñativia, que congeló el precio de fijando límites para los remedios, definía a éstos como "bienes sociales". Al concebir al medicamento como bien gastos de mercadopublicidad, es imposible no pensar en el derecho a la propiedad intelectual-patente farmacéutica, aquella que protege imponiendo límites al descubridor-inventor-creador pago de algo; pero ese algo en este caso es en realidad aquel bien social que defendía el Drregalías e insumos. Oñativia, y al definirlo como social, esta propiedad intelectual indefectiblemente se opone al derecho a la salud: si la emergencia supera a la demanda de medicamentos, esa patente farmacéutica ya no tiene razón La reglamentación de ser. Existen acuerdos internacionales que avalan esta postura, pero si la mano del gobierno no los gatilla ley por sumisión o cooperación con las naciones opresoras...Ante el clamor de los laboratorios la mayor parte europeos, sobre todo suizos quienes sostuvieron que sólo ellos poseían expertos con Decreto 3042/65 fijó además la pericia necesaria para realizar esos estudios, el gobierno les dio seis meses obligación para las empresas de presentar una mediante declaración jurada relativa al costo de costos y la calidad de los medicamentos, al tiempo que mantuvo la congelación de a formalizar todos los precios. Ninguno contratos de ellos presentó la declaración juradaregalías existentes.
Los grandes laboratorios —la mayor parte europeos, sobre todo suizos— sostuvieron que sólo ellos poseían expertos con la pericia necesaria para realizar esos estudios. El gobierno les dio 6 meses para presentar las declaraciones juradas de costo y calidad de los medicamentos,lo que nnguno de ellos hizo. La ira de los grandes laboratorios no tardó en hacerse sentir, y al inicial desagrado enojo estadounidense por el tema petrolero la cancelación de las concesiones petroleras hecha por Illia se sumó el enojo de Suiza, que al año siguientepuso siguiente puso obstáculos al refinanciamiento por el Club de París de la deuda externa argentina desde el Club deParís. Mucho analistas coinciden en que la Ley Oñativia fue uno de los factores principales del golpe de Estado que derrocó al gobierno de Illia. (Escudero pp. 66‑70.) Las leyes nacionales Nº 16462 (sancionada el 23 de julio de 1964) y Nº 16463 (sancionada el 28 de sgosto de 1964)—conjuntamente denominadas [[Ley Oñativia]] en homenaje al ministro de Salud — establecían una política de precios y de control de medicamentos, congelando los precios a los vigentes a fines de 1963, fijando límites para los gastos de publicidad, imponiendo límites a la posibilidad de realizar pagos al exterior en concepto de regalías y de compra de insumos. La reglamentación de la ley por el Decreto 3042/65 fijaba además la obligación para las empresas de presentar mediante declaración jurada un análisis de costos y a formalizar todos los contratos de regalías existentes.
==Ley 16.462==
En caso de incumplimiento de lo anterior el artículo 5º establecía penas que iban desde el apercibimiento y multas hasta la clausura definitiva, la inhabilitación definitiva en el ejercicio de la actividad o profesión y el comiso de los bienes. Las multas no ingresaban al erario nacional sino a un Fondo Nacional de la Salud.
El artículo 6º fijaba penas de hasta 10 años de prisión a quien ''provocare o tentare una elevación artificial de los precios o la escasez de mercaderías o demás productos para uso y aplicación en la medicina humana mediante negociación fingida, noticias falsas, disminución de la producción, acaparamiento, retención de ventas o convenio con otros productores, tenedores o empresarios, o todo hecho tendiente al mismo fin''.
==Ley 16.463==
Los artículos 20º a 24º establecen las penas y regulan los procedimientos a seguir en caso de violación de la ley, estableciendo el carácter federal y atentatorio contra la seguridad pública de los delitos (Art. 200 y correlativos del Código Penal).
Contrariamente a lo afirmado por COFA[http://servicios.cofa.org.ar/CorreoFarmaceutico/Libro75Aniversario.pdf], la ley no incluye la receta por medicamento genérico, el pago de regalías al exterior ni impone límites a los gastos en publicidad.