El 7 de marzo de 2012, en una audiencia pública, la [[Corte Suprema de Justicia de la Nación]] escuchó los argumentos de la comunidad [[qom]] de La Primavera contra la usurpación de sus tierras por el Poder Ejecutivo de la provincia de Formosa. Es la primera vez que el máximo tribunal de la Nación atiende personalmente los reclamos de una comunidad indígena del país.[http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-189113-2012-03-08.html][http://odhpi.org/2012/03/el-estado-nunca-ha-hecho-esfuerzos-para-nosotros/]
===Reforma Proyecto 2012 de reforma del Código Civil===En 2012 miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en colaboración con otros juristas , elaboraron un proyecto integral de reforma del Código de los códigos Civily Comercial. El proyecto fue presentado el 27 de marzo por la presidente Cristina Fernández y el titular de la corte Ricardo Lorenzetti. Entre Se proponen —entre muchos otros aspectos—más aspectos— modificaciones a más de dos mil artículos del código Civil vigente son modificados— , donde se aborda el problema de la propiedad comunitaria y la personería jurídica de las comunidades indígenas. Representantes de distintos grupos de pueblos aborígenes cuestionaron la falta de consulta del proyecto con sus representados, como lo establece el artículo 75 inciso 17 de la [[Constitución Nacional]] , el Convenio 169 de la [[OIT]] comunidades y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenasdeficiente caracterización del concepto.
En septiembre de 2012 el cuestionamiento proyecto fue recogido cuestionado por el Consejo Plurinacional Indígena, que reúne a organizaciones indígenas de once provincias y al argentinas, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), las Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, la Asamblea Permanente de Derechos Humanos (APDH), el Servicio de Paz y Justicia (SERPAJ), la Asociación de Abogados de Derecho Indígena (AADI), el Equipo Nacional de Pastoral Aborigen (ENDEPA) y el Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas (ODHPI). El consejo declaró [http://argentina.indymedia.org/news/2012/09/820490.php]En el Parlamento de Pueblos Originarios que el proyecto violaba tuvo lugar en Ingeniero Juárez (pcia. de Formosa) durante los derechos indígenas días 28 y 29 de septiembre de 2012, 57 comunidades wichí, pilagá y qom de Salta, Formosa y Chaco se pronunciaron en contra de la propuesta de reforma [http://www.argenpress.info/2012/10/argentina-formosa-parlamento-de-pueblos.html]. Lo mismo sucedió en la audiencia pública quetuvo lugar en la Legislatura de la Provincia de Salta el 9 de Noviembre de 2012, donde la Coordinadora de Organizaciones y Comunidades Kollas Autónomas de la Provincia de Salta (Qullamarka), expresó su rechazo al proyecto[http://www.argenpress.info/2012/11/modificacion-al-codigo-civil.html]. Las principales razones del rechazo son:
El Consejo Plurinacional Indígena declaró que el proyecto violaba los derechos indígenas y que:
:''La propiedad comunitaria indígena no puede quedar encorsetada en un Código Civil y debe ser reglamentada en una ley especial, como lo prometió la presidenta en el marco de los festejos del Bicentenario. Los derechos constitucionales ganados en décadas de lucha pueden quedar reducidos a un Código Civil que no mide el impacto que va a generar en nuestras vidas y culturas''.
Las principales críticas sonEl Parlamento de Pueblos Originarios expresó::''Creemos que la'' reforma ''tendrá un impacto desconocido y perjudicial para nosotros y nuestras comunidades, como tradicionalmente hemos sido tratados'' (...) ''Luego de cinco siglos de yugo colonial y doscientos años de regirnos por las leyes del Estado Nacional Argentino continuamos viviendo en la pobreza y la injusticia, por lo que exigimos que se respete nuestra manera ancestral de organizarnos y legislarnos de manera autónoma, como ciudadanos argentinos con iguales derechos, tal es lo expresado por esta asamblea de los Pueblos Wichí, Pilagá y Qom.''[http://www.argenpress.info/2012/10/argentina-formosa-parlamento-de-pueblos.html]
* desconoce a los pueblos indígenas porque sólo menciona Un comunicado de prensa del Qullmarka señalaba[http://odhpi.org/2012/11/comunicado-de-prensa-del-qullamarka/]::''comunidades'', instancia menor a pueblos en cuanto a organización política y sujeto En caso de omisión de derecho;* no legisla sobre el territorio, acotándolo sólo a “tierra”;* desconoce a los pueblos indígenas urbanos, limitando la legislación a las zonas rurales;* considera a consulta previa la medida de carácter legislativo aprobada será nula y que los pueblos indígenas como sujetos del derecho privado equiparándolos a un consorcio funcionares responsables de tal omisión son pasibles de edificio sanciones administrativas y penales que les correspondan por la realización o a una cooperativa en vez autorización dolosa de darles categoría de derecho públicoun acto nulo.''[http://www.argenpress.info/2012/11/modificacion-al-codigo-civil.html]
El último punto es vinculado por los pueblos originarios a su oposición al modelo extractivista de la gran minería y la explotación de hidrocarburos en sus territorios ancestrales. En la audiencia hecha en la ciudad de Neuquén sobre el proyecto de reforma, el presidente del [[Instituto Nacional de Asuntos Indígenas]] (INAI), Daniel Fernández, fue abucheado y tuvo que abandonar la sala entre gritos de “mentiroso”[http://www.argenpress.info/2012/09/argentina-un-grito-mapuche-contra-el.html]. Sintéticamente, las principales críticas expresadas sobre el proceso de reforma son: * Falta de participación y consulta a las comunidades y organizaciones indígenas —en su idioma— para alcanzar su consentimiento previo, libre e informado, desconociendo el [[Convenio OIT Nº 169 Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes|Convenio 169 de la OIT]] y la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas.* Se desconoce a los pueblos indígenas porque sólo se mencionan ''comunidades'', instancia menor a ''pueblos'' en cuanto a organización política y sujeto de derecho.* No se legisla sobre el ''territorio'' —concepto mucho más amplio, ya que incluye recursos de los cuales se surten las comunidades indígenas— acotando el tema a la propiedad de la ''tierra''.* Se reduce el derecho de propiedad comunitaria al de propiedad privada individual en violación lo establecido en el [[Constitución Argentina de 1994#Artículo 75|Art. 75 inciso 17]] de la Constitución Nacional.* Se considera a los pueblos indígenas como sujetos de derecho privado, equiparándolos a un consorcio de edificio o a una cooperativa en vez de darles categoría de derecho público.* Se desconoce a los pueblos indígenas urbanos, limitando la legislación a las zonas rurales.* Presiones a dirigentes indígenas y falsificaciones de firmas.* El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) y los Institutos Provinciales del área no informan debidamente sobre el tema. * Se ignora la jurisprudencia sentada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Las organizaciones indígenas creen, con buenos fundamentos, que las deficiencias detectadas no son casuales y están vinculadas a la oposición de los pueblos originarios al modelo extractivista de la gran minería y la explotación de hidrocarburos en sus territorios ancestrales. ====Fuentes====* {{Cita diario|ARGENPRESS|Aranda, Darío (ACTA)|Un debate originario|5 de septiembre de 2012|http://www.argenpress.info/2012/09/un-debate-originario.html}}.* {{Cita diario|ARGENPRESS|Agencia Walsh|El nuevo Código Civil será «promotor de desalojos indígenas y condenas penales»|7 de septiembre de 2012|http://www.argenpress.info/2012/09/el-nuevo-codigo-civil-sera-promotor-de.html}}.* {{Cita diario|ARGENPRESS|INDYMEDIA|Código Civil y Comercial: duras críticas al proyecto|13 de septiembre de 2012|http://www.argenpress.info/2012/09/argentina-codigo-civil-y-comercial.html}}.* {{Cita diario|ARGENPRESS|Agencia Walsh|Parlamento de Pueblo Originarios rechazan reforma del Código Civil|3 de octubre de 2012|http://www.argenpress.info/2012/10/argentina-formosa-parlamento-de-pueblos.html}}.* {{Cita diario|ARGENPRESS|Díaz Muñoz, Marco (COPENOA)|Comunidades originarias rechazan proyecto por omisión de reconocimiento de pueblos indígenas como sujetos de derechos colectivos|9 de noviembre de 2012|http://www.argenpress.info/2012/11/modificacion-al-codigo-civil.html}}.
====Fuentes====
* [[Aborígenes en Argentina]].
* [[Hecatombe de Quera]].
 
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[[Categoría:aborígenes]]
[[Categoría:territorio]]
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Tierras de los indígenas argentinos

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Reforma del Código Civil