Auditoría General de la Nación
La enciclopedia de ciencias y tecnologías en Argentina
La Auditoría General de la Nación (AGN) es el organismo que asiste técnicamente al Congreso de la Nación en el control del estado de las cuentas del sector público, el desempeño de la Administración Pública Nacional y la situación de la hacienda pública. La AGN tiene rango constitucional y autonomía funcional.
Contenido
Composición
Según lo dispuesto por el artículo 85 de la Constitución Nacional el presidente de la AGN es designado a propuesta del partido político de oposición con mayor número de bancas en el Poder Legislativo Nacional. Los restantes 6 miembros del Colegio de Auditores Generales –2 por la mayoría y 1 por la minoría de ambas cámaras del Congreso– se eligen según lo estipulado por la Ley 24.156 de Entidades Financieras. La composición resultante hace que, cuando prevalecen las mayorías afines al Poder Ejecutivo, quede disminuida la efectividad de sus tareas de control.
Funciones
La Reforma Constitucional de 1994 confirió a la AGN el control de legalidad, gestión y auditoría de toda la actividad de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, cualquiera que fuera su modalidad de organización. Estableció su intervención necesaria en el trámite de aprobación o rechazo de las Cuentas de Percepción e Inversión de los Fondos Públicos y confirió al Congreso la facultad de ampliar –pero no de reducir– el alcance de sus competencias.
Sus atribuciones respecto a la infraestructura y los servicios públicos están establecidas por la Ley 24.156. Controla las actividades desarrolladas por los entes de regulación de cada sector de servicio y de las empresas concesionarias en lo atinente al cumplimiento de las obligaciones contractuales. Estas atribuciones incluyen el control de los procesos de licitación y privatización de los servicios, las eventuales renegociaciones y las estatizaciones.
Fuentes
- Despouy, Leandro; La AGN y el control de los servicios públicos; revista Proyecto Energético Nº 86, mayo-julio 2009; pp. 10-13.[1].