* Liberan de aranceles a la importación de maquinarias, repuestos e insumos mineros. (Ley de Actividad Minera I, art. 14bis.)
* Liberan del [[IVA]] a los bienes anteriores. (Ley de Actividad Minera II, art. 14bis.)
* Eximen a las empresas mineras de los impuestos sobre los activos. (Ley de Actividad MineraI, art. 17.)
* Da 30 años de estabilidad fiscal, arancelaria y cambiaria a los nuevos proyectos mineros. (Ley de Actividad Minera I, art. 8.)
* Permiten la deducción del valor de los gastos de exploración y factibilidad. (Ley de Actividad Minera, art. 12.)
* Permiten la amortización acelerada de las inversiones en infraestructura y equipamientoI. (Ley de Actividad Minera I, Art. 13.)* Establecen un valor máximo del 3% en concepto de regalías sobre el valor del mineral en "boca de mina". Este valor es el declarado por el productor en la primera etapa de su comercialización menos los gastos necesarios para llevar el mineral desde su extracción hasta esa etapa. (Ley de Actividad Minera I, Art. 22 y 22bis.)
* Descuento del valor anterior de otros costos que se pueden establecer por ley o por resoluciones del PEN.
* Brindan a los inversores extranjeros el mismo estatus legal que a los inversores nacionales, pudiendo elegir libremente cualquier forma de organización. (Ley de Inversiones Extranjeras, Art. 5.)
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