Desde el punto de vista legal, se denomina '''minería''' a la actividad extractiva de sustancias minerales del suelo, incluyendo los hidrocarburos.
==Historia de la minería==
Véase el artículo [[historia de la minería]].
==Minería a cielo abierto==
La ''minería a cielo abierto'' es una tecnología de explotación de yacimientos minerales que, en vez de usar las tradicionales galerías subterráneas, extrae los minerales valiosos mediante la voladura de las rocas que los contienen. Al ser un método de extracción masiva de terreno, con uso intensivo de tecnología, permite trabajar de modo rentable con materiales de baja ley que se muelen para luego separar la fracción de interés por métodos como flotación y lixiviación.
==<center>Ubicación y características de las principales explotaciones mineras==<center>Ubicación y características de las principales explotaciones mineras[http://www.mineria.gov.ar/pdf/mineriaennumeros.pdf]</center>==
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* Inhiben al Estado para hacer la explotación de yacimientos minerales. (Constitución Nacional, art. 124.)
* Liberan de aranceles a la importación de maquinarias, repuestos e insumos mineros. (Ley de Actividad Minera I, art. 14bis.)
* Reintegran el [[IVA]] a los bienes anteriores. (Ley de Actividad Minera II, art. 8<sup>o</sup>14bis.)
* Eximen a las empresas mineras de los impuestos sobre los activos. (Ley de Actividad Minera I, art. 17.)
* Da 30 años de estabilidad fiscal, arancelaria y cambiaria a los nuevos proyectos mineros. (Ley de Actividad Minera I, art. 8.)
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