La '''Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual''' (AFSCA) es el organismo creado por la Ley Nacional Nº 26522 para habilitar y controlar el funcionamientos de las emisoras de radio y de televisión del país transmitidos por cualquier medio (aéreo, cable, satelital...)
==Misiones y funciones==
Se transcriben las misiones y funciones dadas en el artículo 12, tal cual estaban transcríptos en el sitio de información legislatativa del Ministerio de Economía de la Nación el 1º de julio de 2011.[http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/155000-159999/158649/norma.htm] Como se ve se han incorporado al eliminando del texto otras referencias que tal vez fueron usadas durante su discusión. Se han omitido aquí los inciso posteriores al 25 que corresponden a la organización interna del organismo. El sitio Internet del AFSCA no contenía entonces el texto completo de la ley, sólo una descripción breve de los artículos que la componen. Hasta enero de 2013 la norma, larga y cuidadosamente estudiada según las declaraciones oficiales, ya había sido modificada 128 veces.
# Aplicar, interpretar y hacer cumplir la presente ley y normas reglamentarias.
# Elaborar y actualizar la Norma Nacional de Servicio y las normas técnicas que regulan la actividad, en conjunto con la autoridad regulatoria y la autoridad de aplicación en materia de telecomunicaciones.
# Promover la participación de los servicios de comunicación audiovisual en el desarrollo de la Sociedad de la Información y el Conocimiento.
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#*21 Confederación Mapuche de Neuquén, Encuentro de organizaciones de los pueblos originarios: OCASTAFE, ASAMBLEA PUEBLO GUARANI, CONSEJO DE CACIQUE GUARANI, FEDERACION PILAGA, PUEBLO KOLLA DE LA PUNA, INTERTOBA, CONSEJO DE LA NACION TONOKOTE LLUTQUI., KEREIMBA IYAMBAE, UNION DE LOS PUEBLOS DE LA NACION DIAGUITA, CONFEDERACION MAPUCHE NEUQUINA, ONPIA, COORDINADORA PARLAMENTO MAPUCHE RIO NEGRO, MESA DE ORGANIZACION DE PUEBLOS ORIGINARIOS DE ALTE. BROWN, MALAL PINCHEIRA DE MENDOZA, COMUNIDAD HUARPE GUENTOTA, ORGANIZACION TERRITORIAL MAPUCHE TEHUELCHE DE PUEBLOS ORIGINARIOS. SANTA CRUZ, ORGANIZACION RANQUEL MAPUCHE DE LA PAMPA, ORGANIZACION DEL PUEBLO GUARANÍ.
#*22 Lic. Javier Torres Molina; AMARC.
# Aprobar los proyectos técnicos de las estaciones de radiodifusión, otorgar la correspondiente habilitación y aprobar el inicio de las transmisiones regulares, en conjunto con la autoridad regulatoria y la autoridad de aplicación en materia de telecomunicaciones.
# Elaborar y aprobar los pliegos de bases y condiciones para la adjudicación de servicios de comunicación audiovisual.
# Adjudicar y prorrogar, en los casos que corresponda, y declarar la caducidad de las licencias, permisos y autorizaciones, sujeto a control judicial pleno y oportuno, incluso cautelar.
# Fiscalizar y verificar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la presente y los compromisos asumidos por los prestadores de los servicios de comunicación audiovisual y radiodifusión en los aspectos técnicos, legales, administrativos y de contenidos.
# Promover y estimular la competencia y la inversión en el sector. Prevenir y desalentar las prácticas monopólicas, las conductas anticompetitivas, predatorias y/o de abuso de posición dominante en el marco de las funciones asignadas a este organismo u otros con competencia en la materia'''23.
# Aplicar las sanciones correspondientes por incumplimiento de la presente ley, sus reglamentaciones y sus actos administrativos, bajo control judicial pleno y oportuno, incluso cautelar.
# Declarar la ilegalidad de las estaciones y/o emisiones y promover la consecuente actuación judicial, incluso cautelar; adoptando las medidas necesarias para lograr el cese de las emisiones declaradas ilegales.
# Mantener y actualizar los registros públicos a que se refiere la presente.
# Registrar y habilitar al personal técnico y de locución que se desempeñe en los servicios de radiodifusión y de comunicación audiovisual cuando fuere pertinente, así como proveer a su formación y capacitación.
# Recibir en sus delegaciones y canalizar las presentaciones dirigidas a la Defensoría del Público'''24.# Crear y administrar el Fondo de Jerarquización del personal afectado a su funcionamiento'''25.
# Proveer los recursos necesarios para el funcionamiento del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual.
# Ejercer su conducción administrativa y técnica'''26.
==Censo de emisoras==En octubre de 2010 se hizo un censo nacional de emisoras de radio AM, FM y televisión. Hasta enero de 2013 los datos no habían sido dados a conocer por el AFSCA. Según un periodista del diario [[Clarín]] el 73% de las radios transmiten sin autorización, por cada radio FM autorizada hay tres que no lo están y sólo la mitad de las AM son legales. Según ese informe estaban en ese momento legalmente registradas 2.162 FM, 247 AM, 40 canales de TV abierta y 1.906 canales de TV de baja potencia. Hay, además, 7.748 radios FM (la mitad en la pcia. de Buenos Aires) y 373 radios AM y más de 950 canales de TV no autorizados. ===Fuentes===* {{Cita diario|Clarín|Alfie, Alejandro|El 73% de las radios son ilegales y no tienen licencias para emitir|13 de enero de 2013|http://www.clarin.com/sociedad/radios-ilegales-licencias-emitir_0_845315559.html}}. ==Fuentes generales==
* [http://www.afsca.gob.ar/ Sitio Internet de AFSCA].
* [http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=158649 Ley Nacional N&ordm;&nbsp;26522] y sus modificaciones. La ley fue reglamentada por [http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/170000-174999/171306/norma.htm Decreto PEN N&ordm;&nbsp;1225/2010]. Desde su promulgación en octubre de 2009 hasta junio enero de 2011 2013 la ley fue modificada o complementada por 16 decretos 128 veces.* {{Cita diario|ARGENPRESS|Figueroa Cornejo, Andrés|Ley de Medios en Argentina: ¿Y qué fue de las radios comunitarias, alternativas y populares?|14 de enero de 2013|http://www.argenpress.info/2013/01/ley-de-medios-en-argentina-y 59 resoluciones del -que-fue-de.html}}. ==Véase también==* [[PENSistema Nacional de Medios Públicos]]. <br>----
[[Categoría:organismos estatales]]
[[Categoría:comunicaciones]]
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