==Reservas==
Las reservas son las divisas —usualmente dólares y euros— o activos en moneda extranjera que respaldan el valor de la moneda nacional en circulación. Algunos países, como EEUU, tienen parte de sus reservas en oro. La parte s en activos consiste en títulos o bonos de bajo riesgo de los que se trata de obtener alguna tasa de interés, usualmente baja. También forman parte de las reservas los Derechos Especiales de Giro (DEG) que emite el [[Fondo Monetario Internacional]] (FMI) para que los países asociados los usen para cancelar deudas entre sí o con él. Buena parte de las reservas internacionales están depositadas en el [http://es.wikipedia.org/wiki/Banco_de_Pagos_Internacionales BIS], llamado "el Banco Central de los bancos centrales".
No se puede dar una regla general sobre cuál es el nivel óptimo de reservas, ya que depende de circunstancias como las siguientes:
* Tendencias del ingreso y egreso de capitales, críticos cuando no hay controles sobre ellos como es el caso de Argentina.
Hay discusiones entre los economistas sobre el nivel mínimo que deben tener las reservas. Algunos consideran que es suficiente que por lo menos igualen la cantidad de circulante y de depósitos en moneda nacional, teoría que fue desmentida por "el corralito" de 2001. Otros consideran que hay que agregar también las deudas generadas por los instrumentos financieros, LEBAC y NOBAC, que el Banco Central usa para absorber moneda y regular indirectamente la tasa de interés. La En diciembre de 2009 la presidente Cristina Fernández, sin consultar con el presidente del Banco Centralni el [[Congreso Nacional]], salteó está intentó zanjar esta discusión mediante el [http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/160000-164999/161506/norma.htm Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 2010/2009] que crea el Fondo del Bicentenario para el pago de la deuda externa. La [http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/328/texact.htm Ley Nº 23928] de 1991 de Convertibilidad del Austral, en su versión previa a dicho decreto, establece que:
:''ARTICULO 4º — Las reservas del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA en oro y divisas extranjeras serán afectadas a respaldar hasta el CIEN POR CIENTO (100%) de la base monetaria. Cuando las reservas se inviertan en los depósitos, otras operaciones a interés, o a títulos públicos nacionales.''
:''Las reservas de libre disponibilidad podrán aplicarse al pago de obligaciones contraídas con organismos financieros internacionales y al pago de servicios de la deuda pública del Estado Nacional.''
De convalidarse el decreto, el Poder Ejecutivo tiene tendría la potestad de disponer libremente el uso de esos fondos con la mera emisión de un decreto. La validez de la medida y la forma en que fue realizada fue severamente cuestionada por todos los partidos políticos no oficialistas. La jueza y apelada ante la justicia. La jueza federal María José Sarmiento otorgó un recurso de amparo suspendiendo la aplicación del DNU, medida que fue apelada por el [[PEN]]. El 22 de enero de 2010 la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ratificó el fallo de la jueza Sarmiento, ratificando la invalidez del DNU. La medida todavía puede ser apelada ante la [[Suprema Corte de Justicia de la Nación]].
==Fuentes==
Cambios - ECyT-ar

Cambios

Banco Central de la República Argentina

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Cámara ratica fallo jueza Sarmiento