Cárceles argentinas

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Las cárceles argentinas, sean de jurisdicción provincial o nacional, tienen todas características similares. No se promueve la capacitación laboral de los reclusos, en muchos casos ni siquiera su educación elemental, y el maltrato es la regla tanto entre los presos como por parte de los guardianes.

La Constitución Nacional de 1994 sólo se ocupa de las cárceles en su artículo 18, donde se establece:

Quedan abolidos para siempre la pena de muerte por causas políticas, toda especie de tormento y los azotes. Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice.

Nada se dice allí de la reinserción social de los condenados, donde la educación laboral sería central. Tampoco se cumple la prohibición de los tormentos, que han tomado estado público a través de muy escasos vídeos filmados probablemente por policías presentes pero que no están de acuerdo con el comportamiento de sus compañeros[1]. Los jueces tienden a desestimar las denuncias de los detenidos por maltratos de policías, sus imprescindibles auxiliares en el esclarecimiento de delitos.

El sistema carcelario argentino es una institución radicalmente corrupta donde se maltrata a los detenidos para complacer el sadismo de algunos policías, con la complicidad por inacción de sus compañeros. Al decir de varios especialistas, las cárceles argentinas son verdaderas "escuelas de delincuentes".

Fuentes