Diferencia entre revisiones de «Deuda externa argentina»

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==Fuentes==
 
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* [http://www.argenpress.info/2010/01/coincidencias-de-gobierno-y-oposicion.html Socialización de la deuda privada por Cavallo y otros antecedentes].
 
* Olmos, Alejandro; ''Todo lo que usted quiso saber sobre la deuda externa y siempre se lo ocultaron''; Editorial de los Argentinos; Buenos Aires; 1995; ISBN 10-9509952508.
 
* Olmos, Alejandro; ''Todo lo que usted quiso saber sobre la deuda externa y siempre se lo ocultaron''; Editorial de los Argentinos; Buenos Aires; 1995; ISBN 10-9509952508.
 
* [http://www.laeditorialvirtual.com.ar/Pages/Ballesteros_JuicioSobreDeudaExterna/Ballesteros_001.htm Sentencia sobre la Deuda Externa del Juez Jorge Ballesteros]. Descarga del archivo completo en formato pdf: {{pdf|http://cyt-ar.com.ar/cyt-ar/images/e/ee/Deuda_externa_sentencia_Ballesteros.pdf|''Sentencia sobre la Deuda Externa del Juez Jorge Ballesteros''}}.  
 
* [http://www.laeditorialvirtual.com.ar/Pages/Ballesteros_JuicioSobreDeudaExterna/Ballesteros_001.htm Sentencia sobre la Deuda Externa del Juez Jorge Ballesteros]. Descarga del archivo completo en formato pdf: {{pdf|http://cyt-ar.com.ar/cyt-ar/images/e/ee/Deuda_externa_sentencia_Ballesteros.pdf|''Sentencia sobre la Deuda Externa del Juez Jorge Ballesteros''}}.  

Revisión del 21:42 20 ene 2010

La deuda externa es el conjunto de obligaciones asumidas por el estado y las empresas privadas argentinas con gobiernos u organismos de otros países.


Ilegalidad parcial de la deuda externa

A raíz de la causa promovida contra José Alfredo Martínez de Hoz por Alejandro Olmos, la deuda externa argentina, fue declarada de origen parcialmente ilegal en sentencia dictada el 13 de julio de 2000 por el juez en lo Criminal y Correccional Federal Jorge Ballesteros, quien detectó no menos de 477 operaciones irregulares.[1] . Hay también tres causas penales más recientes que se tramitan en el Juzgado Federal Nº 2. La sentencia firme del juez Ballesteros fue girada al Congreso para que se expidiera respecto de los numerosos delitos y fraudes cometidos en la formación de la enorme deuda externa que dejó la dictadura militar de 1976‑1983. Las mayorías legislativas, obedientes al Poder Ejecutivo, durante una década ignoraron la sentencia y omitieron cumplir la obligación establecida en el Artículo 75 inciso 7 de la Constitución Nacional. En ese lapso han habido reciclajes, megacanjes, reestructuraciones, y renovaciones de aquella deuda con frecuente capitalización de los intereses supuestamente adeudados, agrandando cada vez más el perjuicio al patrimonio nacional.

Véase también

Fuentes