==Cesación de pagos 2002==
Durante su breve mandato, el presidente Rodríguez Saa decretó la cesión cesación de los pagos de la deuda externa(''default'').
Por [http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/90000-94999/93540/norma.htm Decreto PEN N° 319/2004] el presidente Néstor Kirchner designó bancos nacionales y extranjeros para la reestructuración de la deuda, resignando la soberanía argentina ante cualquier litigio en los términos del artículo que sigue:
Esta renuncia a la soberanía fue mantenida en el trámite de renegociación de títulos que no se acogieron al canje según [http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/160000-164999/161321/norma.htm Decreto PEN N° 1953/2009] de la presidente Cristina Fernández, según el artículo siguiente:
:''Art. 3º — Facúltase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a través del Organo Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional, a incluir cláusulas que establezcan la '''prórroga de jurisdicción en favor de los tribunales estaduales y federales ubicados en la Ciudad de NUEVA YORK, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana''', exclusivamente respecto de la jurisdicción que se prorroga, en los contratos que resulte necesario suscribir con terceras personas que colaboren o participen en el proceso de emisión o en la colocación y comercialización de títulos públicos nacionales en los mercados financieros internacionales y su posterior administración, así como en las condiciones de emisión de los referidos instrumentos de deuda pública, por un monto de hasta VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES QUINCE MIL MILLONES (VN U$S 15.000.000.000).
==Vencimientos de la deuda externa==
Cambios - ECyT-ar

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