Deuda externa argentina

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La deuda externa argentina es el conjunto de obligaciones asumidas por el estado y las empresas privadas argentinas con gobiernos u organismos de otros países. Por definición de ganancia y por el lugar de origen de los prestadores, cuando se contrae deuda externa más tarde o más temprano siempre sale del país más de lo que entró. En este artículo se hace la cronologías de la deuda externa argentina.


1822: Baring Brothers

En el año 1821 las Provincias Unidas del Río de la Plata habían acumulado, por la guerra de la independencia y el licenciamiento de los soldados que participaron en ella, una deduda de 5.000.000 de pesos plata. Por esa razón en 1822 la Legislatura de Buenos Aires autorizó la contratación de un empréstito del banco Baring Brothers de Londres por £ 1.000.000 (libras esterlinas) con un interés anual del 6%. Los intermediarios cobraron por sus servicios £ 100.000 y el banco descontó por adelantado 2 años de intereses, por lo que se recibieron sólo £ 560.000. Este monto no fue entregado en papel moneda de libre disponibilidad sino en letras u obligaciones que debían ser negociadas con los comerciantes ingleses locales. El préstamo estaba originalmente destinado a obras portuarias y de interés público, pero cuando estalló en 1826 la guerra contra Brasil por el territorio de la Banda Oriental, se usó para financiar la contienda.

Cuando la deuda se terminó de pagar en 1904, 82 años después de contraída, se había pagado unas 8 veces el valor del importe recibido.

Fuentes

  • Bellota, Araceli; Deudas impagas; revista El Federal; Buenos Aires; 18 de marzo de 2010.

1842: Propuesta de canje de la deuda por las Islas Malvinas

En 1842 los banqueros ingleses negociaron con el gobernador de Buenos Aires y conductor de las relaciones exteriores del país, Juan Manuel de Rosas, el pago de los intereses atrasados del préstamos. Rosas autorizó al representante argentino en Londres a que propusiera el pago de la deuda con la cesión de los derechos sobre las Islas Malvinas, de las que los ingleses se habían apoderado por la fuerza en 1833. El gobierno inglés rechazó la oferta por considerar que las islas le pertenecían por derecho.

Fuentes

  • Bellota, Araceli; Deudas impagas; revista El Federal; Buenos Aires; 18 de marzo de 2010.

1876: Presidencia de Nicolás Avellaneda

En 1876, en el contexto de una de las periódicas crisis financieras nacionales e internacionales, Argentina estaba al borde de la cesación de pagos de los empréstitos internacionales y de los bonos estatales. Al inaugurar las sesiones legislativas de ese año, el presidente Nicolás Avellaneda expresó:

Los tenedores de los bonos argentinos deben reposar tranquilos. La República puede estar dividada hondamente en partidos internos, pero no tiene sino un honor y un crédito, como sólo tiene un nombre y una bandera ante los pueblos extraños. Hay dos millones de argentinos que economizarían hasta sobre su hambre y sobre su sed para responder en una situación suprema a los compromisos de nuestra fe pública en los mercados extranjeros.

En sus Escritos económicos Juan Bautista Alberdi expresó en la misma época:

Remediar una crisis nacida de los abusos del crédito con nuevos abusos de crédito, es hacer una aplicación peligrosa de la medicina homeopática a la curación de las enfermedades sociales. Se puede uno endeudar para matar el hambre, pero no para salir de pobre. La deuda es la pobreza casi siempre. Crear deuda no es crear capital; lejos de eso, es disminuirlo... Para disminuir toda deuda, pagar desde luego, y en seguida dejar de tomar prestado. Vivir de lo propio y no de lo ajeno, es decir, de la contribución y no del crédito.

Fuentes

  • Bellota, Araceli; Deudas impagas; revista El Federal; Buenos Aires; 18 de marzo de 2010.

1876-1874: Presidencia de Domingo Faustino Sarmiento

El presidente Sarmiento aumentó considerablemente la deuda pública para poder financiar los gastos incurridos por su antecesor en el cargo, Bartolomé Mitre, por la guerra contra el Paraguay.

1885: Presidencia de Julio Argentino Roca

El presidente Roca tomó en 1885 el empréstito denominado Obras Públicas. Domingo Faustino Sarmiento se opuso al mismo en razón de su experiencia, señalando irónicamente que de seguir por ese camino habría que reemplazar en el Himno Nacional las Provincias Unidas del Sud por la Gran Deudora del Sud.

1890-1892: Presidencia de Carlos Pellegrini

El presidente Pellegrini contrajo deuda con la Banca Morgan para pagar deuda, es decir, acrecentó la deuda.

1931: Dictadura de José Félix Uriburu

El monto de la deuda externa en 1931 era de $mn 1.131 millones.

1945: Dictadura de Edelmiro Farrell

La deuda externa en 1945 era de $mn 519 millones. Al finalizar la Segunda Guerra Mundial, Argentina se convirtió en acreedora del Reino Unido, quien había unilateralmente resuelto no remitir los pagos por la importaciones de productos argentinos durante la contienda, depositándolos en Londres.

1952: Presidencia de Juan Domingo Perón

El presidente Perón canceló totalmente la deuda externa argentina en 1952. Al ser derrocado por la "Revolución Libertadora" en 1955, había acumulado U$S 1.500 millones de reservas.

1963-1966: Presidencia de Arturo Umberto Illia

Cuando Illia asumió la presidencia la deuda externa era de U$S 3.390 millones. En junio de 1966, cuando fue derrocado por la sublevación encabezada por Juan Carlos Onganía, se había reducido —por primera vez en muchos años— a U$S 2.650 millones.

Fuentes

  • García Vázquez, Enrique; Reactivación y austeridad; en Nuestro Siglo: Historia Gráfica de la Argentina Contemporánea, fascículo 111; Edit. Hyspamérica; Madrid (España); 1984; ISBN 9788449973536.

1976-1983: dictadura militar del "Proceso de Reorganización Nacional"

Cuando la dictadura militar derrocó al gobierno de Isabel Martínez, la deuda no llegaba a los U$S 8.000 millones. El nuevo ministro de Economía de la Nación, José Alfredo Martínez de Hoz hizo una reforma del sistema financiero que favoreció la especulación, el alza de tasas bancarias y una oleada de importaciones. Su tablita cambiaria estableció un seguro de cambio gratuito financiado por el Estado que facilitó la fuga de capitales: entre 1978 y 1981 salieron del país más de U$S 38.000 millones. Para generar las divisas necesarias se usó a las empresas estatales, como YPF, para contraer préstamos que fueron a parar íntegramente al Banco Central. Las deudas de grandes empresas privadas por U$S 14.000 millones fueron estatizadas por el entonces presidente del Banco Central Domingo Cavallo. En 1983, cuando asumió el presidente Raúl Alfonsín, la deuda externa pública de Argentina ascendía a U$S 45.000 millones.[1]

2000: Ilegalidad parcial de la deuda externa

A raíz de la causa promovida contra José Alfredo Martínez de Hoz por Alejandro Olmos, la deuda externa argentina, fue declarada de origen parcialmente ilegal en sentencia dictada el 13 de julio de 2000 por el juez en lo Criminal y Correccional Federal Jorge Ballesteros, quien detectó no menos de 477 operaciones irregulares.[2] Hay también tres causas penales más recientes que se tramitan en el Juzgado Federal Nº 2. La sentencia firme del juez Ballesteros fue girada al Congreso para que se expidiera respecto de los numerosos delitos y fraudes cometidos en la formación de la enorme deuda externa que dejó la dictadura militar de 1976‑1983. Las mayorías legislativas, obedientes al Poder Ejecutivo, durante una década ignoraron la sentencia y omitieron cumplir la obligación establecida en el Artículo 75 inciso 7 de la Constitución Nacional. En ese lapso han habido reciclajes, megacanjes, reestructuraciones, y renovaciones de aquella deuda con frecuente capitalización de los intereses supuestamente adeudados, agrandando cada vez más el perjuicio al patrimonio nacional.

El tema se revivió a partir de diciembre de 2009 en razón de la decisión de la presidente Cristina Fernández de usar parte de las reservas del Banco Central para pagar la deuda externa.[3]

Fuentes

Véase también

Cesación de pagos 2002

Cuando asumió como presidente Rodríguez Saá, el 23 de diciembre de 2001, la deuda externa argentina totalizaba USD 132.143 millones. Ese mismo día decretó la cesación de pagos (default).[4]

Por Decreto PEN N° 319/2004 el presidente Néstor Kirchner designó bancos nacionales y extranjeros para la reestructuración de la deuda, resignando la soberanía argentina ante cualquier litigio en los términos del artículo que sigue:

Art. 8° — Autorízase la prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales estaduales y federales ubicados en la ciudad de NUEVA YORK, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana, incluida en la Carta de Contratación ("Engagement Letter") y su enmienda aprobadas por el Artículo 7° del presente decreto, estando preservada la inembargabilidad en forma expresa con respecto a:
a) Los bienes con derecho a los privilegios e inmunidades establecidos en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961.
b) Los bienes con derecho a inmunidades establecidas en la Foreign Sovereign Immunities Act ("Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras") de 1976.
c) Los activos que constituyen reservas de libre disponibilidad, en virtud de los Artículos 5° y 6° de la Ley N° 23.928 y sus modificatorias.
d) Los bienes del dominio público situados en el territorio de la REPUBLICA ARGENTINA que están comprendidos en las disposiciones de los Artículos 2.337 y 2.340 del Código Civil de la REPUBLICA ARGENTINA.
e) Los bienes situados dentro o fuera del territorio de la REPUBLICA ARGENTINA que están destinados al suministro de un servicio público esencial.
f) Los fondos, valores y demás medios de financiamiento afectados a la ejecución presupuestaria del SECTOR PUBLICO, ya sea que se trate de dinero en efectivo, depósitos en cuentas bancarias, títulos, valores emitidos, obligaciones de terceros en cartera y en general cualquier otro medio de pago que sea utilizado para atender las erogaciones previstas en el Presupuesto General de la Nación.

Esta renuncia a la soberanía fue mantenida en el trámite de renegociación de títulos que no se acogieron al canje según Decreto PEN N° 1953/2009 de la presidente Cristina Fernández, según el artículo siguiente:

Art. 3º — Facúltase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a través del Organo Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional, a incluir cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción en favor de los tribunales estaduales y federales ubicados en la Ciudad de NUEVA YORK, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana, exclusivamente respecto de la jurisdicción que se prorroga, en los contratos que resulte necesario suscribir con terceras personas que colaboren o participen en el proceso de emisión o en la colocación y comercialización de títulos públicos nacionales en los mercados financieros internacionales y su posterior administración, así como en las condiciones de emisión de los referidos instrumentos de deuda pública, por un monto de hasta VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES QUINCE MIL MILLONES (VN U$S 15.000.000.000).

En noviembre de 2012 un tribunal de la ciudad de Nueva York falló en favor de los bonitas que no entraron en el plan de canje. Todavía no se sabe cuales serán las condiciones de pago impuestas ni si el gobierno argentino las aceptarás.[5]

Fuentes

Vencimientos de la deuda externa

Al 30 de septiembre de 2009, el calendario de pagos de la deuda pública —la contraída por el Gobierno Nacional sin incluir U$S29.800 millones de los bonistas en default que no aceptaron el canje— era, en millones de dólares, la siguiente (Ismael Bermúdez, La "deuda eterna" argentina, Le Monde Diplomatique, febrero de 2010, p. 4):


AÑO PAGO CAPITAL INTERÉS
2009 7.838,6 6.311,3 1.527,3
2010 18.794,7 13.682,6 5.112,0
2011 13.392,5 8.581,9 4.810,6
2012 10.970,2 6.138,4 4.831,8
2013 11.887,3 7.374,9 4.512,4
2014 14.050,2 9.893,6 4.156,6
2015 13.532,9 9.844,5 3.688,3
2016 18.593,3 15.898,8 2.694,4
2017 8.001,4 5.685,9 2.315,4
2018 3.710,5 1.557,6 2.152,9
2019 3.010,2 807,4 2.202,7
2020-2089 78.773,1 48.955,6 29.817,4
Total MU$S 202.555,5 MU$S 134.733,0 MU$S 67.822,5


La tabla anterior debe ser actualizada con el agregado de los bonos en default (alrededor del 60%) que se acogieron a la propuesta de pago del PEN en junio de 2010, con lo que quedó un remanente de sólo 7,6%. La amortización de los BODEN 2012 alcanzó, por ejemplo, el monto nada despreciable de USD 2.200 millones.

Fuentes generales

Véase también