===2006: Ley Nacional N° 26206 de Educación Nacional===
Según María de Pauli (''La empresa educativa'') Juan Carlos Tedesco, uno de los principales redactores de la ley 26206 afirma en su libro ''El nuevo pacto educativo: educación, competitividad y ciudadanía en la sociedad moderna'':
 
:''Desde esta perspectiva de análisis, las empresas modernas aparecen como un [[paradigma]] de funcionamiento basado en el desarrollo pleno de las mejores capacidades del ser humano. Estaríamos ante una circunstancia histórica inédita, donde las capacidades para el desempeño en el proceso productivo, serían las mismas que se requieren para el papel de ciudadanos y para el desarrollo personal.''[http://www.argenpress.info/2010/03/falacias-educativas.html]
 
Las evaluaciones de desempeño son resistidas por los docentes. La ley establece el anonimato de las mismas, uno de los pocos países en el mundo que lo hace:
 
:''ARTICULO 97. — El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y las jurisdicciones educativas harán públicos los datos e indicadores que contribuyan a facilitar la transparencia, la buena gestión de la educación y la investigación educativa. La política de difusión de la información sobre los resultados de las evaluaciones resguardará la identidad de los/as alumnos/as, docentes e instituciones educativas, a fin de evitar cualquier forma de estigmatización, en el marco de la legislación vigente en la materia.''
==Leyes provinciales de Educación==
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Educación en Argentina

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evaluaciones anónimas