==Legislación==
El inciso 17 del artículo 75 de la [[Constitución Nacional de 1994]] impone al Congreso Nacional la obligación de legislar sobre las tierras de los aborígenes argentinos en base a la siguiente pauta: :''reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos.''  En la práctica el derecho constitucional de derecho a las tierras no se reconocíareconoce, lo que generó en 2006 la sanción de la [http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/120000-124999/122499/norma.htm Ley Nacional N° 26160] que decla declara la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias asentadas en el actual territorio argentino en el momento de la constitución del país, cuya personería jurídica haya sido inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas u organismo provincial competente o aquéllas preexistentes. Sin embargo, 6 provincias argentinas no adhirieron a la ley: Salta, Formosa, Jujuy, Tucumán, Chaco y Neuquén[http://www.argenpress.info/2010/03/argentina-la-onu-pidio-que-se-detenga.html]. En estas provincias, donde hay grandes terratenientes afectados, se generan frecuentemente conflictos sobre el tema.
==Problemas de tierras de las comunidades aborígenes==
==Véase también==
* [[Aborigen]].
* [[Aborígenesen Argentina]].
* [[Hecatombe de Quera]].
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