:''Artículo 3º.- Autoridad de Aplicación: es Autoridad de Aplicación de la presente ley, la Unidad Ejecutora Provincial de Protección de Bosques Nativos, creada por decreto provincial n° 106/10 o la que en el futuro la reemplace. La UEP de Protección de Bosques Nativos creará un Consejo Consultivo en la Zona Andina, integrado por instituciones públicas y privadas que detentaren legítimos intereses en la conservación de los bosques nativos provinciales. Dicho Consejo asesorará a la Autoridad de Aplicación en todo lo referente a la instrumentación efectiva y eficiente de la presente ley.''
La provincia ha declarado áreas naturales protegidas a la [[Meseta de Somuncurá]], la región Río Azul - Lago Escondido y al Cipresal de las Guaitecas.
===Fuentes===
Cambios - ECyT-ar

Cambios

Provincia de Río Negro

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enlace a Meseta de Somuncurá