==Evaluación==
La designación del Fiscal de Control Administrativo por el Presidente y su dependencia del Procurador General de la Nación —quien —quien es también elegido por el presidente, aunque con el acuerdo de 2/3 de los miembros presentes del Senado— Senado— resulta que en la práctica los controles de la OA se ejercen sólo sobre los funcionarios cuyos actos de corrupción no cuentan con el aval del Presidente y/o miembros de su gabinete de ministros. Para que su acción fuera efectiva, al igual que la del Ministerio Público, debería ser un organismo totalmente independiente de los tres poderes, con sus titulares preferentemente electos.
==Fuentes==
Cambios - ECyT-ar

Cambios

Oficina Anticorrupción

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