Los '''derechos del consumidor''' son incluyen tanto la existencia y libre acceso a [[información]] veraz sobre las características comparativas de productos y servicios como los derechos legales que tienen sus compradores cuando las especificaciones no se cumplen. La '''defensa del consumidor''' incluye el conocimiento de sus derechos legales ante prácticas inescrupulosas de comerciantes y la manera de ejercer individual y colectivamente los compradores mismos. La compra de bienes y servicios apropiados a las necesidades y recursos de cada persona requiere la capacidad de hacer buenas [[elección técnica|especificaciones técnicas]] y el conocimiento de los usuarios productos que las cumplen, datos divulgados por unas pocas asociaciones de defensa del consumidor. Los derechos establecidos por la [http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/638/texact.htm Ley Nacional Nº 24240] (1994) son protegidos por la Secretaría de servicios respecto Comercio Interior (su autoridad de aplicación), las características asociaciones de defensa del consumidor y los defensores del pueblo de sus compraslas diversas jurisdicciones (nacional, provinciales y municipales), cuando los hay.
==Introducción==
Las sociedades capitalistas tienen una acentuada división social del trabajo, por lo que todos sus integrantes son —en mayor o menor grado— consumidores (compradores) de bienes y servicios de todo tipo. La mayoría de los compradores no tiene otra [[información]] sobre sus compras de bienes que las aseveraciones de los vendedores, de la publicidad de los fabricantes o de las etiquetas de los envases que los contienen. En el caso de los servicios la información disponible es todavía menor, ya que cuando se firman contratos usualmente sólo especifican las obligaciones de los usuarios, rara vez la de los prestadores. Cuando la información está disponible, frecuentemente su carácter técnico la hace ininteligible para la mayoría de los compradores, ya que la educación básica no contempla, en general, el desarrollo de capacidad de hacer buenas elecciones técnicas (véase [[Educación Tecnológica#Elecciones técnicas|Educación Tecnológica]]). La Ley de Defensa del Consumidor, en su artículo 58, autoriza a las asociaciones de defensa del consumidor a ejercer la defensa colectiva de los consumidores ante abusos de los vendedores de bienes y servicios. Esto ha dado origen a algunos abusos que se ejemplifican en la sección siguiente. El único contralor de estas asociaciones es el [http://www.consumidor.gov.ar/consejo-asesor-sobre-etica-de-las-asociaciones-de-consumidores/ Consejo Asesor para Evaluar el Comportamiento Ético de las Asociaciones de Consumidores], organismo no previsto en la citada ley y creado por la Subsecretaría de Defensa del Consumidor por [http://www.consumidor.gov.ar/wp-content/uploads/2012/09/DISPOSICION-CONSEJO-ASESOR.pdf Disposición Nº 25/2012].
==Asociaciones de defensa del consumidor==
==Fuentes generales==
* [http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/638/texact.htm Ley Nacional N° 24240] de Defensa del Consumidor.
 ==Véase también==* [[http://www.protectora.org.ar/ Protectora Asociación Defensa del consumidorConsumidor]. Divulga tanto los derechos legales y brinda asesoramiento técnico sobre [[rasgo]]s importantes de algunos productos de consumo generalizado.
[[Categoría:comercio]]
[[Categoría:servicios]]
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