[[Archivo:Aborígenes en Argentina.jpg|400px|right|thumb|<small><center>'''Distribución de etnias aborígenes a comienzos del siglo XXI.</center></small>]]
El presente artículo describe los diferentes grupos y la situación actual de los '''aborígenes en indígenas de Argentina'''.
==Historia==
[[Archivo:Carpani Ricardo Quiénes somos, de dónde venimos y hacia dónde vamos 1991.jpg|1200px|center|thumb|<small><center>'''''Quiénes somos, de dónde venimos y hacia dónde vamos'', boceto de Ricardo Carpani Ricardo, 1991.'''</center></small>]]
==Legislación nacional==
==Legislación provincial==
===Neuquén===
El entonces gobernador Jorge Sobisch intentó establecer, por Decreto 1184/2002, mecanismos restrictivos del reconocimiento de comunidades imponiendo requisitos que contradecían [http://cyt-ar.com.ar/cyt-ar/index.php/Constitución_Nacional_de_1994#Art.C3.ADculo_75 el artículo 75 de la Constitución Nacional] y otros tratados internacionales de derechos humanos que la integran. Exigía evaluar la “identidad étnica”, la lengua, tipo de “cultura y organización”, requería que las comunidades "convivieran en un hábitat común” y que fueran “por lo menos diez familias”. La Confederación Mapuche de Neuquén (CMN) planteó en 2002 la inconstitucionalidad de la norma señalando que[http://argentina.indymedia.org/news/2013/12/853048.php]:
 
: ''El decreto altera por completo el espíritu de la ley nacional, ya que sustituye el principio de autoidentificación por el criterio opuesto de identificación por el Estado. En los hechos implica que prácticamente ninguna comunidad podría obtener su personería jurídica, pues rara vez se darán todos estos presupuestos. Parece más un intento de control ideológico que una regulación de un derecho.''
 
Luego de once años de acciones judiciales, apelaciones y presentaciones, la Corte Suprema de Justicia de la Nación falló el 10 de diciembre de 2013 que[http://servicios.csjn.gov.ar/confal/ConsultaCompletaFallos.do?method=verDocumentos&id=707483]:
:''El decreto es inconstitucional en la medida en que no se adecua al ‘umbral mínimo’ establecido por el orden normativo federal, por lo que cabe requerir a la provincia que ajuste su legislación en materia de derechos y política indígena”.
 
Entre otras consideraciones se señala que:
:''el decreto 1184 impone recaudos y condiciones que significan una clara restricción y regresión respecto de lo establecido en materia de derechos y política indígenas a nivel federal.''
: Contradice la ley nacional 23.302 y el Convenio 169 de la OIT.
:''fue dictado omitiendo dar participación previa a las entidades que representan a los pueblos indígenas del Neuquén, desconociendo así la obligación establecida por el Convenio 169.''
 
Nahuel, vocero de la Confederación Mapuche, señaló que:
 
:''Hacemos una evaluación positiva porque ordena una situación ilegal de décadas, donde la provincia se ha negado a registrar a nuevas comunidades. La última comunidad que ha registrado data de 1996, lo que generó enormes perjuicios en estos once años a muchas comunidades a las que le fue negada cualquier instancia gubernamental alegando que no existían jurídicamente, negación a reconocer a sus autoridades tradicionales, indefensión ante el ingreso de petroleras y privados, que se valían de la falta de documentación jurídica de esas comunidades para atropellarlos.''
 
===Río Negro===
* [http://www.desarrollosocial.gov.ar/INAI/site/tierras/1_1.asp Organismos provinciales].
==Necesidades básicas==
 {|align=center|[[Archivo:Morochos piqueteros por Rep.gif|300px720px|rightcenter|thumb|<small><center>'''"''Nunca un rubio"'', dibujo de Rep.'''</center></small>]]|-|===Fuentes===
* [http://www.dpn.gob.ar/areas.php?id=22&ms=area6 Fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación] ordenando al Estado Nacional y Provincial del Chaco a dar agua, alimentos y abastecimiento médico a las comunidades indígenas que habitan en la región sudeste del Departamento General Güemes y noroeste del Departamento Libertador General San Martín.
* {{Cita diario|COPENOA|Díaz Muñoz, Marco|Desnutrición y muerte de niños indígenas en Salta|10 de febrero de 2011|http://opsur.wordpress.com/2011/02/10/desnutricion-y-muerte-de-ninos-indigenas-en-salta/}}.
* {{Cita diario|Página/12|Rossi, Leonardo|Pueblos olvidados en su propia tierra|22 de abril de 2011|http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-166767-2011-04-22.html}}. Problemas de los aborígenes de Formosa.
|}
==Población==
==Restos de personas y bienes materiales de comunidades aborígenes==
[[Archivo:Museo de La Plata devolución restos indígenes.jpg|300px|right|thumb|<small><center>'''Devolución de restos de indígenas conservados en el museo de Universidad Nacional de La Plata (pcia. de Buenos Aires.'''</center></small>]]
Durante la gestión del presidente Fernando de la Rúa se sancionó la [http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/70000-74999/70944/norma.htm Ley Nacional N&ordm;&nbsp;25517] de Restos Mortales de Comunidades Indígenas, cuya autoridad de aplicación es el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas[http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/70000-74999/70944/norma.htm]. La norma establece lo siguiente:
:''ARTICULO 2º — Los restos mencionados en el artículo anterior y que no fueren reclamados por sus comunidades podrán seguir a disposición de las instituciones que los albergan, debiendo ser tratados con el respeto y la consideración que se brinda a todos los cadáveres humanos.
:''ARTICULO 3º — Para realizarse todo emprendimiento científico que tenga por objeto a las comunidades aborígenes, incluyendo su patrimonio histórico y cultural, deberá contar con el expreso consentimiento de las comunidades interesadas.
 
En cumplimiento de esta ley, el [[Instituto Nacional de Asuntos Indígenas]] (INAI) creó por Resolución N&ordm;&nbsp;360/2012 el [http://digesto.desarrollosocial.gov.ar/normaTexto.php?Id=357&organismo=Instituto%20Nacional%20de%20Asuntos%20Ind%EDgenas Programa Nacional de Identificación y Restitución de Restos Humanos Indígenas] para colaborar en su buen cumplimiento.
Varios museos del país, entre los que se cuenta el Museo de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de la Plata[http://grupoguias.blogspot.com.ar/2011/08/prologo-de-antropologia-del-genocidio.html], han retirado de exhibición e iniciado el proceso de restitución de restos mortales de indígenas.
Cambios - ECyT-ar

Cambios

Indígenas de Argentina

3491 bytes añadidos, 11:29 6 nov 2017
Csoliverez trasladó la página [[Aborígenes en Argentina]] a [[Indígenas de Argentina]] sobre una redirección