Diferencia entre revisiones de «Instituto Nacional de Estadística y Censos»

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(Canasta Básica de Alimentos)
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==Canasta Básica de Alimentos==
 
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En noviembre de 2009 se desconocia el método vigente de relevamiento, Para su cálculo hasta el 2007 véase el artículo [[Canasta Básica de Alimentos]].
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En noviembre de 2009 se desconocia el método vigente de cálculo y relevamiento. Para su cálculo hasta el 2007 véase el artículo [[Canasta Básica de Alimentos]].
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==Fuentes==
 
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Revisión del 19:45 26 nov 2009

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) es el organismo desconcentrado responsable del relevamiento en el país de la información estadística oficial.


Régimen legal

El funcionamiento del INDEC se rige por las siguientes normas legales:

A raíz de denuncias sobre la falsificación de índices del INDEC a partir de 2007, hubo pedidos judiciales de información sobre los mecanismos de confección. Las autoridades del INDEC rehusaron informar sobre ellos basándose en el Art. 14 del Decreto 3110/70 que establece:

Las declaraciones y/o informaciones individuales no podrán ser comunicadas a terceros -aunque se trate de autoridades judiciales o de servicios oficiales ajenos al SEN- ni utilizadas, difundidas o publicadas en forma tal que permitan identificar a la persona o entidad que las formuló.

A raíz de esta negativa el juez federal Rodolfo Canicoba Corral declaró la inconstitucionalidad de dicho artículo y ordenó allanar la sedel del INDEC para obtener la información citada. Esta resolución judicial fue confirmada por la Cámara Federal y la Cámara Nacional de Casación Penal, hasta que llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El máximo tribunal hizo lugar al dictamen del procurador González Warcalde en el que sostuvo que el Indec no ha demostrado que la medida judicial no convendría al buen funcionamiento de la institución ya preservar, justamente, el manejo correcto de las fuentes. El fallo de la Corte fue firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay, quien con un voto propio consideró que la presentación del Indec no cumplía los requisitos formales de presentación.[1]

Canasta Básica de Alimentos

En noviembre de 2009 se desconocia el método vigente de cálculo y relevamiento. Para su cálculo hasta el 2007 véase el artículo Canasta Básica de Alimentos. cálculo hasta el 2007 véase el artículo Canasta Básica de Alimentos.

Fuentes