Sistema Nacional de Repositorios Digitales

La enciclopedia de ciencias y tecnologías en Argentina

El Sistema Nacional de Repositorios Digitales (SNRD) es la red de repositorios de información científica y tecnológica de Argentina, accesible desde la Biblioteca Electrónica de Ciencia y Tecnología. La finalidad del SNRD es facilitar y promover el libre acceso a la producción científica y tecnológica generada en Argentina de modo sustentable y coordinado, promover su intercambio con centros similares nacionales y extranjeros, asegurar el respeto a los derechos de autor que correspondieran y contribuir a la formación de profesionales capacitados en su uso y operación. El sofware base de la red es D-NET, desarrollada por el proyecto europeo de repositorios científicos DRIVER.


Historia

En el año 2010, por Resolución 622/2010, el Consejo Asesor de la Biblioteca Electrónica de Ciencia y Tecnología del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva de Argentina creó un Comité de Expertos en repositorios digitales. Este comité detectó la existencia en múltiples organismos nacionales, tales como universidades nacionales, la existencia de repositorios de información científica y tecnológica en diferentes etapas de desarrollo. El Consejo Asesor consideró necesario que estos repositorios se constituyeran con criterios unificados de registro, sistematización, recuperación, administración, preservación e interconexión, a fin de maximizar la capacidad de prestacion, racionalizar la inversión y garantizar su sustentabilidad en el tiempo. A tal fin impulsó la creación de un Sistema Nacional de Repositorios Digitales (SNRD) que permitiera la coordinación de acciones y canalización de recursos.

Por Resolución 469/2011 del 27 de marzo de 2011 el Ministerior de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva creó el SNRD bajo la dependencia del Biblioteca Electrónica de Ciencia y Tecnología de la Secretaría de Articulación Científico Tecnológica. El Anexo de esa resolución establece los fines, estructura y organización del ente.

El 3 de noviembre de 2013 fue promulgada la Ley Nacional Nº 26899 de Repositorios Digitales Institucionales de Acceso Abierto, cuyos artículos salientes son:

  • ARTICULO 1º — Los organismos e instituciones públicas que componen el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), conforme lo prevé la ley 25.467, y que reciben financiamiento del Estado nacional, deberán desarrollar repositorios digitales institucionales de acceso abierto, propios o compartidos, en los que se depositará la producción científico-tecnológica resultante del trabajo, formación y/o proyectos, financiados total o parcialmente con fondos públicos, de sus investigadores, tecnólogos, docentes, becarios de posdoctorado y estudiantes de maestría y doctorado. Esta producción científico-tecnológica abarcará al conjunto de documentos (artículos de revistas, trabajos técnico-científicos, tesis académicas, entre otros), que sean resultado de la realización de actividades de investigación.
  • ARTICULO 2º — Los organismos e instituciones públicas comprendidos en el artículo 1°, deberán establecer políticas para el acceso público a datos primarios de investigación a través de repositorios digitales institucionales de acceso abierto o portales de sistemas nacionales de grandes instrumentos y bases de datos, así como también políticas institucionales para su gestión y preservación a largo plazo.
  • ARTICULO 5º — Los investigadores, tecnólogos, docentes, becarios de posdoctorado y estudiantes de maestría y doctorado cuya actividad de investigación sea financiada con fondos públicos, deberán depositar o autorizar expresamente el depósito de una copia de la versión final de su producción científico-tecnológica publicada o aceptada para publicación y/o que haya atravesado un proceso de aprobación por una autoridad competente o con jurisdicción en la materia, en los repositorios digitales de acceso abierto de sus instituciones, en un plazo no mayor a los seis (6) meses desde la fecha de su publicación oficial o de su aprobación. Los datos primarios de investigación deberán depositarse en repositorios o archivos institucionales digitales propios o compartidos y estar disponibles públicamente en un plazo no mayor a cinco (5) años del momento de su recolección, de acuerdo a las políticas establecidas por las instituciones, según el artículo 2º.
  • ARTICULO 6º — En caso que las producciones científico-tecnológicas y los datos primarios estuvieran protegidos por derechos de propiedad industrial y/o acuerdos previos con terceros, los autores deberán proporcionar y autorizar el acceso público a los metadatos de dichas obras intelectuales y/o datos primarios, comprometiéndose a proporcionar acceso a los documentos y datos primarios completos a partir del vencimiento del plazo de protección de los derechos de propiedad industrial o de la extinción de los acuerdos previos antes referidos.
  • ARTICULO 8º — El incumplimiento de las disposiciones de la presente ley por parte de las instituciones y organismos referidos en los artículos 1º y 2°, y por parte de las personas enumeradas en el artículo 5º, los tornará no elegibles para obtener ayuda financiera pública para soporte de sus investigaciones.

Naturaleza y finalidades

Se considera repositorio digital a la colección de documentos digitales científicos y tecnológicos de una institución de investigación y desarrollo organizada de modo de permitirla búsqueda y recuperación de los mismos. Un repositorio digital debe, por ello, proveer mecanismos de identificación, almacenamiento, preservación, recuperación y exportación de documentos científicos y tecnológicos desde un portal libremente accesible desde Internet.

Los principales objetivos del SNRD son:

  • Promover el acceso abierto a la producción científica y tecnológica generada en Argentina.
  • Promover el intercambio de esa producción y facilitar el acceso a ella mediante una red nacional de repositorios digitales interconectados.
  • Generar políticas conjuntas entre esos repositorios.
  • Garantizar el respeto a los derechos de los autores de esa producción.
  • Definir normas generales para el buen funcionamiento del sistema.
  • Difusión internacional de la producción científica y tecnológica argentina mediante su difusión en redes y la interconexión a repositorios internacionales.
  • Contribuir a la capacitación de profesionales mediante programas comunes de desarrollo local e internacional.
  • Contribuir a la gestión y preservación de los respositorios digitales.
  • Generar acciones coordinadas con otros sistemas nacionales de bases de datos científicos y tecnológicos.

Sólo pueden integrar el SNRD los repositorios pertenecientes al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, por adhesión voluntaria.

Fuentes

Integrantes del SNRD

En abril de 2014 integraban el sistema los siguientes repositorios:

  1. bdu².
  2. Biblioteca Digital de la FCEN es el repositorio institucional de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales, Universidad de Buenos Aires.
  3. Biblioteca Digital de la Universidad del Aconcagua.
  4. Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina.
  5. Biblioteca Digital de la Universidad Nacional de Cuyo.
  6. Biblioteca Virtual de la Universidad Nacional del Litoral.
  7. Cor-Ciencia, producción científica de la provincia de Córdoba.
  8. FAUBA DIGITAL, es el repositorio científico y académico de la Facultad de Agronomía, Universidad de Buenos Aires.
  9. Memoria Académica, repositorio de la FaHCE-UNLP.
  10. Naturalis, repositorio de la Facultad de Ciencias Naturales y Museo, Universidad Nacional de La Plata.
  11. Nülan, repositorio de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales, Universidad Nacional de Mar del Plata.
  12. OceanDocs, repositorio del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP).
  13. REDI, repositorio de la Universidad FASTA.
  14. RephipUNR, repositorio de la Universidad Nacional de Rosario.
  15. Repositorio Digital Institucional del Centro Atómico e Instituto Balseiro.
  16. Scielo, red iberoamericana de colecciones de revistas científicas.
  17. Servicio de Difusión de la Creación Intelectual, repositorio del Proyecto de Enlace de Bibliotecas (PrEBi), Universidad Nacional de La Plata.

Fuentes